Ley 7.714: así queda el régimen de jubilaciones de diputados y senadores
El Ejecutivo promulgó la ley que reestructura el fondo de jubilaciones del Congreso: 60 años de edad y 15 de aportes para cobrar el 80 % de dietas y gastos de representación.
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.º 7.714, que deroga la legislación anterior y reestructura el Fondo de Jubilaciones y Pensiones para Miembros del Poder Legislativo, y la norma ya fue publicada en la Gaceta Oficial, informaron La Nación y Última Hora. Según Última Hora y El Nacional, el proyecto había quedado sancionado de forma automática en agosto, porque la Cámara de Diputados no se pronunció dentro del plazo constitucional sobre la versión con modificaciones del Senado.
Jubilación ordinaria: requiere 60 años de edad y un mínimo de 180 meses (15 años) de aportes efectivos, y paga el 80 % del promedio de las dietas y los gastos de representación, según los tres medios. Jubilación extraordinaria: exige la misma edad y al menos 120 meses (10 años) de aportes, con un haber del 60 %, que Última Hora detalla como el promedio de lo cobrado en los últimos 120 meses de aporte. Si un legislador completa los aportes pero no la edad, cobra recién al cumplir 60 años.
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Aportes: los legisladores en ejercicio aportarán cada mes el 24 % de su dieta y sus gastos de representación, y los jubilados, el 16 % de sus haberes, según La Nación. Ese diario señala además que la ley prohíbe de forma explícita cualquier respaldo, subsidio o aporte financiero del Estado al patrimonio de la caja.
Inversiones y administración: los fondos deberán invertirse en el mercado nacional en instrumentos como títulos del Banco Central del Paraguay, bonos del Tesoro, certificados de depósito, préstamos a afiliados e instrumentos financieros reglamentados. La caja seguirá a cargo de una Comisión Administradora integrada por parlamentarios y representantes de los jubilados, de acuerdo con La Nación.
Devolución y transición: quienes no alcancen la edad de retiro o terminen su mandato sin cumplir los requisitos podrán pedir la devolución de hasta el 95 % de sus aportes, informaron La Nación, Última Hora y El Nacional. Una disposición transitoria permite que los legisladores del período 2023-2028 que completen los aportes exigidos para la jubilación extraordinaria de la ley anterior (Ley N.º 6.112/2018) se jubilen bajo esas condiciones, según El Nacional.
Como referencia, Última Hora y El Nacional recuerdan que en el régimen general del Instituto de Previsión Social (IPS) la jubilación ordinaria exige 60 años de edad y 25 años de aportes, con el 100 % del promedio salarial que fija la normativa. Los medios consultados no informaron cuántos legisladores o exlegisladores cobran hoy una jubilación de este fondo.
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Verificación (fuentes web)
- La Nación: Promulgan la ley que reestructura el Fondo de Jubilaciones del Congreso
- Última Hora: Peña promulga la Ley 7.714 de jubilaciones del Poder Legislativo
- El Nacional: Peña promulga la Ley N.º 7714 de jubilaciones parlamentarias
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